Se informaron 9 casos recuperados y 20 nuevos postivos

Fecha:

El total de casos confirmados en las últimas 24 horas es de 27, sumando un total de 532 casos positivos desde el inicio de la pandemia.

Entre los nuevos positivos se encuentran una beba de 1 año y una nena se 4 años oriundas de Neuquén capital.

Coronavirus: nuevo comunicado del Comité de Emergencia Provincial 02/07/2020 – 21:00 

Al momento de este reporte, se reportaron nueve (9) nuevos casos recuperados de Coronavirus (COVID-19) de la provincia del Neuquén. Se trata de una mujer de 87 años, de Cutral Co; y de un hombre de 60 años, una joven de 18 años, una joven de 27 años, una mujer de 55 años, un hombre de 30 años, un hombre de 57 años, una mujer de 53 años y una mujer de 50 años, de Neuquén.

Además, se notificaron veinte (20) nuevos casos confirmados de Coronavirus (COVID19) de la provincia del Neuquén. Se trata de:

  • Una bebé de 1 año, una niña de 4 años, una joven de 29 años, una mujer de 30 años, una mujer de 31 años, una mujer de 34 años, una mujer de 37 años, una mujer de 40 años, una mujer de 41 años, una mujer de 62 años, una mujer de 62 años, una mujer de 64 años, un hombre de 30 años, un hombre de 32, un hombre de 32 años, un hombre de 33 años, un hombre de 36 años y un hombre de 47 años, todos de Neuquén capital, contactos estrechos de casos confirmados.
  • Una niña de 13 y un niño de 12, ambos de Plottier, contactos estrechos de casos confirmados.

Es decir que el total de casos confirmados informados en el día de la fecha, entre el comunicado del mediodía y el presente, es de: veintisiete (27).

Se informaron treinta y cuatro (34) nuevos casos sospechosos de Coronavirus (COVID19) de la provincia del Neuquén. También se descartó un (1) caso sospechoso.

Desde el inicio del seguimiento epidemiológico de Coronavirus (COVID-19) en nuestra provincia, a la fecha se registraron:

A partir del 30/06/2020, el Ministerio de Salud del Neuquén ha actualizado la definición de caso sospechoso. Los cinco criterios de caso sospechoso se clasifican en dos grupos: con nexo epidemiológico (criterio 1) y sin nexo epidemiológico (criterios 2, 3, 4 y 5).

  • Criterio 1:

Toda persona que presente:

  1. Temperatura corporal de 37,5° o más y

Uno o más de los siguientes síntomas: tos; odinofagia (dolor de garganta); dificultad respiratoria; anosmia (pérdida del olfato) y disgeusia (alteración en la percepción de los sabores).

  1. Con nexo epidemiológico en los últimos 14 días:

➢           Contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19, o

➢           Antecedente de viaje al exterior, o

➢           Antecedente de viaje/estadía a áreas de transmisión comunitaria (CABA, provincias de Buenos Aires, Chaco y Río Negro y el conglomerado urbano de Neuquén capital, Centenario y Plottier).

Sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica.

NOTA: Estas áreas de circulación activa incluidas en la definición podrán ser actualizadas en función de la evolución de la situación epidemiológica.

  • Criterio 2:

➢           Todo paciente con diagnóstico clínico y radiológico de neumonía ambulatoria o

➢           Todo paciente con infección respiratoria aguda grave (IRAG) con criterio de internación.

Sin tener en cuenta el nexo epidemiológico.

  • Criterio 3:

Todo paciente que presente anosmia (pérdida del olfato) o disgeusia (alteración en la percepción de los sabores), de reciente aparición y sin otra etiología definida y sin otros signos o síntomas. Sin tener en cuenta el nexo epidemiológico.

NOTA: Ante la presencia de alguno de éstos como único síntoma, se indicará aislamiento durante 72 hs, indicando muestra para diagnóstico por PCR, al tercer día de iniciado síntomas.

  • Criterio 4:

Todo personal de salud, cuidadores de adultos mayores, defensa civil, bomberos, fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, que presente fiebre aislada o dos o más de los siguientes síntomas: tos; odinofagia (dolor de garganta); dificultad respiratoria; anosmia (pérdida del olfato) y disgeusia (alteración en la percepción de los sabores). Sin tener en cuenta nexo epidemiológico.

NOTA: Ante la detección de casos sin fiebre se indicará el aislamiento durante 72 hs, indicando toma de muestra para diagnóstico PCR, al tercer día de iniciado los síntomas.

  • Criterio 5:

Toda persona considerada población vulnerable y con mayor riesgo de complicaciones y/o muerte: paciente en hemodiálisis, pacientes trasplantados e inmunocomprometidos, personas mayores en residencias geriátricas, centros de rehabilitación, que presente:

Fiebre aislada o dos o más de los siguientes síntomas: tos; odinofagia (dolor de garganta); dificultad respiratoria; anosmia (pérdida del olfato) y disgeusia (alteración en la percepción de los sabores). Sin tener en cuenta nexo epidemiológico.

Aislamientos obligatorios:

Para las personas que estén regresando a sus domicilios, procedan de las áreas con circulación viral activa comunitaria (CABA y provincias de Buenos Aires, Chaco y Río Negro), cuyo destino final sea la provincia del Neuquén, deberán realizar aislamiento social, preventivo y obligatorio durante 14 días.

En el caso de las personas que regresen a sus domicilios procedentes del conglomerado urbano de Neuquén capital, Centenario y Plottier, cuyo destino final sea el resto de las localidades de la provincia del Neuquén, deberán realizar aislamiento social, preventivo y obligatorio durante 14 días.

Para las personas que por motivos laborales, familiares y de salud circulen transitoriamente entre las provincias de Neuquén y Río Negro, la misma deberá ser limitada estrictamente al cumplimiento de las actividades que fueron declaradas esenciales. Se busca desestimular el traslado de personas para actividades que puedan ser realizadas en su localidad.

El personal esencial que viva y trabaje entre ambas provincias deberá presentar la credencial que lo habilita y quedará exceptuado de esta medida.

Estas medidas deberán ser aplicadas a todas las personas que circulen en el área interprovincial según la reglamentación que definan los COE locales y su control será realizado por el personal designado a esta función.

Es importante recordar que la Ley 2611, en su artículo 4°, inciso K, señala: “Los pacientes tienen derecho a la intimidad y confidencialidad de los datos. En correspondencia con este derecho el servidor público debe indefectiblemente guardar y preservar el secreto profesional”.

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