Las sanciones podrían alcanzar los $400.000 pesos. Así lo determinaron las autoridades de Parques Nacionales.
Debido al creciente uso de “vehículos recreativos” para recorrer los centros turísticos de provincia de Neuquén, sin la necesidad de pagar un alojamiento tradicional, las autoridades de Parques Nacionales decidieron realizar una serie de reglamentos, con el fin de proteger las áreas naturales. El no respetarlos podría traer aparejadas cuantiosas multas.
En primera instancia, el nuevo ordenamiento contempla la circulación y permanencia dentro de las áreas de injerencia de la institución, de casillas rodantes y motorhomes. Este fija pautas de conducta, prohibiciones y sanciones que pueden llegar hasta los 400.000 pesos en caso de reincidencia.
Entre las prohibiciones también se encuentra la de circular fuera de caminos habilitados al uso público a la categoría de vehículos recreativos. Así como también, hacer fuego en lugares no autorizados, ya sea en forma directa o usando contenedores (por ej. chulengos, discos, braseros, chapas o cualquier otro implemento que opere como contenedor).
Las infracciones a cualquiera de estas normativas implicarán de multas de acuerdo con la gravedad de esta. “Primera infracción: mínimo de multa equivalente al valor de 3 y máximo de 20 Derechos de Acceso (DA) de la categoría General del Parque Nacional Iguazú. En tanto, la reincidencia: mínimo de multa equivalente al valor de 20 y máximo de 100 Derechos de Acceso (DA) de la categoría General del Parque Nacional Iguazú”, específica. Es decir, 400 mil pesos.