La iniciativa se denomina “impuesto a los Ingresos Personales”. El Ejecutivo busca darle tratamiento en las comisiones en los próximos días. Cabe recordar que forma parte del temario de las sesiones extraordinarias del Congreso.
El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley denominado «Impuesto a los Ingresos Personales» con el que buscará reemplazar al Impuesto a las Ganancias a la IV Categoría. Cabe recordar que la iniciativa es la más relevante del temario propuesto para las sesiones extraordinarias del Congreso que fueron extendidas hasta el 15 de febrero.
Por el momento trascendió que la iniciativa que impulsa el Ejecutivo establecerá que el impuesto será pagado por contribuyentes solteros con ingresos brutos mensuales superiores a 1.250.000 pesos, según explicaron fuentes oficiales a medios nacionales. En el caso de los trabajadores casados con dos hijos, no pagarán con salarios hasta $ 1.590.062, explicó el tributarista Sebastián Domínguez.
Se estima que alrededor de 800 mil personas volverán a pagar el impuesto y contempla un mínimo no imponible de $2.360.829 sobre los salarios de los trabajadores en relación de dependencia.
El proyecto dispone que el monto mencionado “se ajustarán por trimestre calendario, el 1° de enero, el 1° de abril, el 1° de julio y el 1° de octubre de cada año, a partir del 1° de abril del año fiscal 2024, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Indec”.
Según tributaristas comenzarán a pagar el nuevo impuesto a los Ingresos Personales los trabajadores en relación de dependencia solteros que tengan un sueldo neto de $1.141.000 y casados con dos hijos con un salario neto de $1.507.887.
Sin embargo pagarán el 5% de lo que exceda a ese monto. La legislación anterior consideraba el piso en lugar del mínimo no imponible y le aplicaba la alícuota más alta, lo que siempre generaba distorsiones. Ahora cuando el asalariado alcanza el mínimo no imponible se aplican las escalas más bajas, dándole progresividad al impuesto.
Ganancias: cuándo entraría en vigencia
A raíz de algunas interpretaciones sobre desde cuándo regiría la nueva ley, el tributarista Sebastián Domínguez, explicó que la norma no puede ser retroactiva a 2023 porque eso afectaría “derechos adquiridos” y aclaró que la “retroactividad” corresponde a que se vuelve al régimen que había en ese momento pero no se le puede descontar nada correspondiente a ese período.
La vigencia debería ser a partir del 1° de enero dado que Ganancias es un impuesto anual y cualquier modificación debe corresponder al período en curso.
Sin embargo una opción es que comience a regir desde la sanción de la ley: “Si por ejemplo comienza en marzo, los dos primeros meses se liquidarían con el régimen actual y los 10 restantes con el que disponga la nueva ley sancione”.
Esto dependerá de cómo se desarrolle la negociación en el Congreso. Si se hace con vigencia desde el 1° de enero, los adelantos correspondientes a enero y febrero podrían realizarse en cuotas en lo que resta del año.
Ganancias: cómo quedaría el nuevo piso en la Patagonia
Cabe recordar que en la Patagonia, que incluye Neuquén y Río Negro, existe un diferencial por la zona patagónica que eleva el número en un 22%.
Por lo que, si el nuevo piso de ganancias sería de 1.250.000 en bruto para los solteros se le añadiría una suma de 275.000 y se establecería el piso en 1.525.000 pesos en nuestra zona.
En el caso de los casados, con dos hijos, el nuevo piso sería de 1.590.062, por lo que sumado al diferencial patagónico de 349.813 sumaría un total de 1.939.875.
Es decir que, quienes cobren por encima de esa cifra, están incluidos en el impuesto a las Ganancias.