Fuertes multas para quienes no registren los alquileres turísticos

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Aprueban por unanimidad la ordenanza para registrar alquileres turísticos en San Martín de los Andes, con multas que van desde 125 mil hasta 250 mil pesos para quienes no tramiten la habilitación de su propiedad

El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la medida que establece que las propiedades que se ofrezcan para alquiler turístico deberán obligatoriamente tramitar Licencia Comercial y Habilitación. Solo resta su promulgación. Además, crea la tarifa mensual que oscilará entre los $2.500 y los $4.000, dependiendo de la superficie del inmueble.

El Concejo Deliberante de la Municipalidad De San Martín De Los Andes aprobó por unanimidad la ordenanza, y el próximo paso será la promulgación del proyecto que establece la creación del registro de casas y departamentos que se ofrecen para alquiler turístico, con tarifas mensuales que varían según la superficie del inmueble:

  • Unidad de hasta 100m2: Tasa de $2.500 por mes.
  • Unidad de hasta 150m2: Tasa de $3.000 por mes.
  • Unidad de más de 150m2: Tasa de $4.000 por mes.

En este sentido, la ordenanza establece que el 40% del pago será destinado a la tasa de promoción turística ENSATUR (ente sanmartinense de Turismo).

SANCIONES Y MULTAS

El artículo 246 de la ordenanza instituye que las casas y departamentos que no cuenten con la habilitación de la Secretaría de Turismo serán sancionadas con multas desde CINCO MIL (5.000) hasta DIEZ MIL (10.000) puntos y/o clausura temporaria y/o eliminación del Registro de Alquiler Turístico Temporario.

El valor punto es de $25, así que las propiedades que no cuenten con la habilitación deberán pagar multas de entre $125.000 y $250.000.

A su vez, el artículo 248 indica sanciones para la publicidad de casas y departamentos que no cuenten con la habilitación:

“Será sancionada la inserción y/o utilización de impresos, cartas, notas, facturas, folletería, cartelería, ploteo en vehículos, publicidad por cualquier medio inclusive informático (páginas web o correo electrónico), de mención a la prestación del servicio de alquiler turístico temporario de casas y departamentos, sin contar con la habilitación correspondiente, con multa de QUINIENTOS (500) a TREINTA MIL (30.000) puntos y/o clausura temporaria y/o eliminación del Registro de Alquiler Turístico Temporario”.

Este punto iría de $12.500 hasta $750.000.

FUNDAMENTOS

Según el proyecto aprobado, el registro y los controles que se realizarán buscan mantener la calidad del servicio turístico, y que las propiedades cuenten con medidas básicas de seguridad.

A su vez, se fundamenta en la “necesidad de reglamentar una oferta que es tendencia a nivel mundial y por ende en crecimiento en nuestra ciudad y que no cuenta con normativa alguna para encuadrarse en la oferta turística actual, lo que conlleva a no poder tener control de las plazas ofrecidas en lo que respecta a la seguridad y calidad del servicio”.

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