Acceso a la Justicia: El Poder Judicial simplificó el trámite para solicitar el beneficio de litigar sin gastos

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A partir de hoy comienza la implementación de la nueva reglamentación.

El Tribunal Superior de Justicia aprobó una nueva reglamentación para el beneficio de litigar sin gastos que permite la tramitación mas ágil del proceso.

Para ello, se desarrolló a través de la Dirección de Informática lo que se ha denominado “sistema de informes configurable” que posibilita la obtención automática de la información necesaria para analizar el perfil económico del solicitante.

Se tuvo en cuenta la ley provincial de integrabilidad, y la interoperabilidad de sistemas de organismos públicos, funcionando éstos como fuente auténtica de información y evitando -en la mayoría de los casos- que se deban librar oficios ya que la comunicación es a través de API.

El reglamento prevé que el peticionario acepta la obtención de la información y presentará el pedido de la franquicia a través del Formulario 1, adjuntará una Declaración Jurada con la documentación allí solicitada y las testimoniales de los testigos ofrecidos como prueba.

El Sistema automáticamente generará un informe que contiene los datos de Impuesto Inmobiliario e Ingresos Brutos, (RENTAS), Registro de la Propiedad Inmueble, Registro Público de Comercio, Municipalidad de Neuquén, Registro Nacional del Automotor, ANSES, AFIP, Banco Central de la República Argentina.

El organismo recibirá estos documentos en la Bandeja de Entradas del sistema y permitirá la concesión del BLSG provisorio previsto en el art. 83 del CPC y C. Se dispuso que en caso de duda razonable respecto de la situación económica del peticionario el magistrado de la causa podrá pedir otros informes, de lo contrario quedará en cabeza de la contraria en el principal, ofrecer otro tipo de prueba si considera que exisen elementos para solicitar otro tipo de información.

El trámite de “beneficio de litigar sin gastos” permite que una persona cuyos recursos no le alcanzan para solventar los gastos que le demandaría un proceso judicial, no vea restringido su derecho a acceder a la jurisdicción por motivos económicos. De este modo se pretende agilizar y economizar los tiempos y recursos que se destinan al proceso por que por otro lado, no es necesario para la concesión de la franquicia, que el peticionario sea indigente. Se analiza su capacidad económica en contexto para afrontar dicho gasto.

Paulatinamente se irán incorporando otros municipios y organismos.

La nueva reglamentación también prevé modificaciones en la presentación de las declaraciones testimoniales que apuntan a agilizar el proceso y acortar los plazos de tramitación.

La propuesta de trabajo, presentada por la Comisión de Informatización del Poder Judicial, promete eficiencia y celeridad en el acceso a la justicia, en la medida que tanto los operadores jurídicos internos como externo, trabajen con dicho objetivo. Este tipo de Sistemas -interoperando entre si- marcan un hito en la modernización del sistema judicial.

La implementación demandó capacitaciones internas y externas que estuvieron a cargo de dicho organismo técnico.

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